Mi hermana hizo una sucesión intestada de mi madre que ha fallecido hace 2 años y ha ido retirado el dinero que mi madre tenia y que era para ambos hijos, que puedo hacer?

Si tu hermana ha retirado dinero de la cuenta de tu madre sin que te haya reconocido como heredero legítimo, y no se ha realizado correctamente la sucesión intestada, puedes reclamar legalmente tu parte de la herencia.

El artículo 664 del Código Civil Peruano regula la acción de petición de herencia y establece las condiciones bajo las cuales un heredero puede reclamar sus derechos sobre los bienes que considera que le pertenecen.

Texto del Artículo 664: Acción de petición de herencia

Artículo 664.- Acción de petición de herencia

El derecho de petición de herencia corresponde al heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él.

A la pretensión a que se refiere el párrafo anterior, puede acumularse la de declarar heredero al peticionante si, habiéndose pronunciado declaración judicial de herederos, considera que con ella se han preterido sus derechos.

Las pretensiones a que se refiere este Artículo son imprescriptibles y se tramitan como proceso de conocimiento.

¿Qué implica la acción de petición de herencia para tu caso?

Si no se te ha reconocido tu derecho a heredar los bienes de tu madre, podrías ejercer la acción de petición de herencia según el artículo 664 del Código Civil Peruano. En este caso, podrías seguir los siguientes pasos:

  1. Reclamar la parte de la herencia que te corresponde: Si los bienes de tu madre, como el dinero en el banco, han sido tomados por tu hermana sin que te haya sido reconocida tu parte, puedes demandar a tu hermana para que te entregue lo que te corresponde.
  2. Acumular la solicitud de reconocimiento como heredero: Si la sucesión ya ha sido declarada judicialmente y no se te ha reconocido como heredero, puedes acumular tu reclamo de herencia con la solicitud de reconocimiento de tu condición de heredero.
  3. No hay límite temporal: La acción es imprescriptible, por lo que puedes presentar tu reclamo en cualquier momento, independientemente de cuánto tiempo haya pasado desde el fallecimiento de tu madre o desde la declaración de herederos.
  4. Tramitar como proceso de conocimiento: La acción se llevará ante el juez, quien revisará las pruebas y dictará una sentencia que puede ordenar la entrega de la herencia que te corresponde.

Conclusión

El artículo 664 del Código Civil Peruano te otorga el derecho a reclamar los bienes de la herencia si consideras que no se te ha incluido o que tu parte ha sido entregada indebidamente a otra persona. Esta acción es imprescriptible y debe ser tramitada judicialmente como un proceso de conocimiento, donde el juez analizará las pruebas y determinará si tienes derecho a recibir lo que te corresponde.

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