INTERROGANTE:
mi Padre y mi Madrastra compraron una casa conjuntamente con la cuñada de mi padre en pueblo libre (Co – propietarios) mi padre fallece y mi madrastra niega que mi padre tenga hijos sin embargo yo me entero posteriormente y ella se fue al centro de Lima a realizar la sucesión intestada , con un abogado de esa fecha me apersone al proceso y en una audiencia presencial el juez CONFIRMA que soy hijo del causante y ordena la sentencia y me dan los partes para los REG.Publicos -partes de propiedad y de Suce.Intestada. En vista de que nunca me recibe físicamente en la propiedad a pesar de que el Juez y los Reg.Publicos me reconocen con la partida electrónica de copia literal de dominio la invite a conciliar hace 2 años atrás y en las dos invitaciones INASISTIO ya he cumplido con ir ala municipalidad para registrarme con el H.R y P.U en Pueblo Libre mi pregunta es : Necesito realizar la división y partición nuevamente? Necesito invitarla a conciliar otra vez? Ya que es mi deseo que me adjudique que me dé un par de cuartos que le corresponden a mi porcentaje muchos abogados dicen que mi caso va a remate yo no quiero yo deseo adjudicarme 2 o 3 cuartos para yo vivir ahí yo no quiero ir a remate.
RESPUESTA:
Tu caso se trata de una copropiedad hereditaria, y como ya has sido reconocido como heredero y titular en Registros Públicos, ahora buscas la adjudicación de una parte específica de la vivienda en lugar de ir a un remate.
Respuestas a tus preguntas:
- ¿Necesito realizar la división y partición nuevamente?
- Si ya cuentas con el reconocimiento de tu derecho de propiedad en Registros Públicos, pero aún no han realizado la partición formalmente entre los copropietarios, entonces sí es necesario iniciar un proceso de división y partición para asignar físicamente los espacios que te corresponden.
- La partición puede hacerse de común acuerdo o, si no hay acuerdo, mediante un proceso judicial.
- ¿Necesito invitarla a conciliar otra vez?
- No es obligatorio volver a conciliar, pero es recomendable intentarlo nuevamente antes de ir a un juicio de partición.
- Si ella sigue sin asistir o se niega a llegar a un acuerdo, puedes demandar la partición en el Poder Judicial.
Opciones para lograr tu objetivo (evitar el remate y adjudicarte una parte de la casa):
A. Conciliación extrajudicial (nuevamente)
- Invítala otra vez a conciliar y propón formalmente la adjudicación de ciertos cuartos en base a tu porcentaje.
- Si no asiste o rechaza la propuesta, esto demuestra su falta de voluntad para solucionar el problema y fortalece tu caso en un juicio.
B. División y partición judicial
- Si la conciliación no funciona, puedes presentar una demanda de división y partición ante el Juzgado Civil.
- Aquí hay dos caminos:
- Partición en especie: Se divide físicamente la casa si es viable (lo que tú buscas).
- Remate: Si el juez considera que no se puede dividir equitativamente, ordenará la venta en remate.
¿Cómo evitar el remate?
Si el juez considera que la casa no se puede dividir físicamente, antes del remate puedes:
✔ Proponer quedarte con los cuartos y compensar económicamente a los otros copropietarios (pago en efectivo o en cuotas).
✔ Buscar una tasación y comprar la parte de los otros herederos/coproprietarios.
🔹 Recomendación: Intenta una última conciliación para proponer la partición en especie. Si se niega, la demanda de división y partición es el siguiente paso, pero debes estar preparado en caso de que el juez opte por un remate.