En el contexto peruano, una conciliación extrajudicial puede modificarse o anularse bajo ciertas circunstancias, pero es importante entender que la conciliación extrajudicial es un acuerdo entre las partes que se realiza con la ayuda de un conciliador, fuera de un proceso judicial. La modificación o anulación de una conciliación depende de varios factores:
1. Modificación de la conciliación extrajudicial
La modificación de una conciliación extrajudicial es posible en situaciones donde las partes involucradas decidan que ya no están de acuerdo con los términos del acuerdo que firmaron. Para modificarla, deben:
- Aceptar ambas partes la modificación. Si ambas partes están de acuerdo con cambiar algunos de los términos del acuerdo, pueden hacerlo de forma voluntaria.
- Realizar una nueva conciliación extrajudicial. Esto implica que se acude nuevamente a un conciliador para que se realice un nuevo acuerdo que sustituya el anterior. Este nuevo acuerdo debe ser firmado por ambas partes y se formaliza mediante un acta de conciliación, que tiene valor de título ejecutivo.
2. Anulación de la conciliación extrajudicial
La anulación de una conciliación extrajudicial puede ser posible si se presentan circunstancias excepcionales que la hagan inválida, como:
- Vicios en el consentimiento: Si se demuestra que una de las partes fue coaccionada, engañada o presionada para firmar el acuerdo.
- Falta de capacidad: Si alguna de las partes no tenía la capacidad legal para firmar el acuerdo (por ejemplo, si estaba bajo efectos de una incapacidad mental o bajo coacción).
- Ilegalidad: Si el acuerdo es contrario a la ley o va en contra de los derechos fundamentales de alguna de las partes (por ejemplo, si la conciliación contiene términos que violan los derechos de los niños en un acuerdo de tenencia).
Para anular una conciliación extrajudicial, una de las partes podría presentar una demanda ante un juez para que se declare la nulidad del acuerdo. Si el juez considera que hubo un vicio de consentimiento o alguna otra irregularidad, podría declarar la nulidad del acuerdo de conciliación.
3. Tiempo de duración
El tiempo de duración para modificar o anular una conciliación puede variar dependiendo de la situación específica y de si es necesario acudir a un proceso judicial o si se opta por una nueva conciliación extrajudicial.
- Modificación: Si se trata de una modificación acordada por ambas partes y se realiza otra conciliación extrajudicial, el proceso puede durar de unos pocos días a semanas, dependiendo de la disponibilidad de las partes y del conciliador.
- Anulación judicial: Si es necesario un proceso judicial para anular la conciliación, el tiempo puede ser más largo, ya que depende del tribunal y de las pruebas que se presenten. Este tipo de proceso podría llevar varios meses, dependiendo de la complejidad del caso.