NOTIFICACION EN UN PROCESO JUDICIAL

INTERROGANTE:

El papà de mis hijas hace años cambió la dirección de su DNI a provincia para retrasar darse por notificado, sin embargo el dueño de esa casa a devuelto después de años las notificaciones últimas diciendo que ahí no vive el papà de mis hijas y desconoce su paradero.

Habrá alguna ley referente a ello? Le pondre una denuncia y no se ahora que dirección poner para que le notifiquen, vale notificarlo por watsap?.

RESPUESTA:

Sí, el hecho de que el padre de tus hijas haya cambiado intencionalmente su dirección para evitar ser notificado puede ser considerado como actuación de mala fe y hasta resistencia a la autoridad en ciertos casos. En Perú, el Código Procesal Civil y Penal regulan las notificaciones y existen alternativas cuando el domicilio declarado no es real o la persona evita ser ubicada.

1. ¿Qué dice la ley sobre esto?

  • Artículo 167 del Código Procesal Civil: Si la persona a notificar no se encuentra en el domicilio declarado y no se puede determinar su paradero, se puede solicitar una notificación por edictos (publicación en el diario oficial “El Peruano” y otro diario de circulación nacional).
  • Código Penal, artículo 368 (Resistencia a la Autoridad): Si se prueba que ha realizado maniobras para evadir la notificación en un proceso judicial importante (como una demanda de alimentos o filiación), podría ser considerado resistencia a la autoridad o una conducta dolosa.

2. ¿Qué puedes hacer ahora?

Solicitar al juez la notificación por edictos:

  • Como el domicilio declarado en su DNI ya fue descartado, puedes pedir al juez que autorice la notificación por edictos.
  • Esto se hace cuando la persona se oculta o no tiene una dirección verificable.

Solicitar la notificación en su centro de trabajo o familiares:

  • Si conoces dónde trabaja, puedes pedir que se le notifique ahí.
  • También se puede solicitar una investigación domiciliaria si el caso lo amerita.

Notificación por WhatsApp u otros medios electrónicos:

  • En algunos casos, los jueces han permitido notificaciones por WhatsApp, correo electrónico o incluso Facebook cuando la persona evita ser ubicada.
  • Puedes pedir en tu demanda que se le notifique por estos medios, argumentando que es la única forma efectiva de contactarlo.